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POLITICA DE CONTROL Y SEGURIDAD

CONTINENTAL DE TRANSPORTE TERRESTRE S.A.S., como empresa de transporte terrestre a nivel nacional se compromete a implementar, mantener y mejorar un Sistema de Gestión en Control y Seguridad en el marco del cumplimiento de las leyes vigentes, que garantice la satisfacción de sus partes interesadas, a través de una adecuada evaluación de los riesgos presentes en su operación y de la adopción de controles a lo largo de su cadena de suministro que:

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  • Disminuyan la probabilidad de materialización de los riesgos identificados,

  • Reduzcan la posibilidad de estar involucrados en actividades ilícitas, de corrupción o soborno,

  • Conserven la integridad de nuestros procesos internos,

  • Contribuyan al desarrollo de un comercio seguro e

  • Incrementen el beneficio económico nuestro y de nuestros aliados estratégicos.

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Por lo que CONTINENTAL DE TRANSPORTE TERRESTRE S.A.S., le apuesta para el logro de sus objetivos al trabajo con personal competente y confiable.

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POLITICA DE PROTECCIÓN DE DATOS

POLITICA PREVENCIÓN DE ADICCIONES

CONTINENTAL DE TRANSPORTE TERRESTRE S.A.S., se compromete a promover dentro de sus instalaciones un ambiente de trabajo sano y seguro libre de alcohol, tabaco y otras adicciones que vayan en contravía del bienestar de nuestros colaboradores.Por tal razón ha decidido adoptar una política de prevención mediante la concientización de nuestros colaboradores en los efectos negativos de cualquier adicción, así como la atención y el acompañamiento durante el tratamiento necesario, en caso de que alguno de sus colaboradores presentara algún tipo de problema con el manejo de una adicción.Por lo anterior se establece lo siguiente:

  • Para el objetivo de la presente política se considerará , todo aquel comportamiento caracterizado por ser una dependencia al consumo de sustancias alcohólicas, alucinógenas y tabaco,ya la tendencia a presentar conductas cotidianos e incontrolables que impida el normal desempeño de sus labores, por ejemplo: El juego patológico, el abuso de internet y las redes sociales, la adicción a las compras, al sexo o al trabajo.

  • Esta prohibida la posesión, venta y uso de cualquier tipo de sustancias alcohólicas, psicoactivas y tabaco en las instalaciones de la empresa o durante el ejercicio de la labor contratada.

  • Está prohibido fumar al interior de las instalaciones de la empresa o de nuestros clientes cuando se está en representación de CONTINENTAL DE TRANSPORTE TERRESTRE S.A.S.

  • Cualquier empleado que sea detectado con hábitos de conducta aparentemente inofensivos que pueden convertirse en adictivos e interferir gravemente en el desarrollo de sus funciones, será solicitado para una intervención para tratamiento. 

  • Previo consentimiento del trabajador se programaran reconocimientos médicos periódicos en los cargos críticos, para establecer el NO consumo de sustancias psicoactivas, como medio de garantizar la seguridad de la operación, del personal y de terceros.

  • La empresa puede solicitar a cualquier colaborador por sospecha generada de comportamientos inapropiado, que se someta a una prueba de consumo de alcohol o de sustancias psicoactiva.

  • Cualquier trabajador que conozca, encubra y no de aviso inmediato a la Gerencia, sobre consumo de alguna de las sustancias o cualquier tipo de comportamientos que pueda ser considerado como adicción por parte de un compañero en el ejercicio de su labor, será sancionado según el criterio de la empresa. La persona que realizó el consumo será suspendida de su cargo, mientras es sometida por parte de la empresa a un tratamiento según se estipula en el Programa de Adicciones.

  • Un resultado positivo del análisis de detección de consumo de sustancias psicoactivas, constituye una falta grave y será sancionada de acuerdo al RIT    

POLITICA DE SEGURIDAD VIAL

CONTINENTAL DE TRANSPORTE TERRESTRE S.A.S., como organización altamente comprometida con la prevención de accidentes de tránsito, busca continuamente que la prestación del servicio de transporte de carga terrestre, sea realizado con los altos niveles de seguridad y con personal idóneo conforme a los requisitos de la empresa, de lo establecido por la ley y con los requerimientos de los clientes, por lo se compromete a implementar, mantener y mejorar un PESV de acuerdo a las circunstancias cambiantes del medio, y ha adoptado para la empresa lo siguiente:

 

  1. Destinar los recursos financieros, humanos y técnicos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el PESV y en la presente política.

  2. Dar a conocer a nuestros colaboradores temas específicos del Código Nacional de Tránsito Terrestre a través de la inclusión de éstos en el programa de capacitaciones y sensibilizaciones que se realiza en la empresa.

  3. Los conductores de la empresa y demás colaboradores que conduzcan un vehículo para sus desplazamientos, deben ser conscientes de la responsabilidad que tienen con su persona, con su vehículo, con los demás actores de la vía, con la carga que transporta y con el medio ambiente.

  4. Hacer seguimiento al plan de mantenimiento preventivo y correctivo previsto para sus vehículos y prevenir la ocurrencia de accidentes por razones mecánicas.

  5. Todo el personal que conduzca en la empresa debe cumplir con los siguientes lineamientos de forma obligatoria:

 

  • NO conducir bajo los efectos del alcohol, drogas alucinógenas o medicación que pueda causar somnolencia u otros malestares.

  • Usar el cinturón de seguridad en todos los trayectos y cuando aplique también para sus acompañantes.

  • Garantizar la cortesía y respeto en vía con otros conductores y demás actores viales.

  • Cumplir los límites de velocidad de acuerdo a lo establecido por la normatividad a nivel nacional o por los requerimientos del cliente mientras no contravengan la normatividad.

  • NO usar el celular u otros dispositivos electrónicos mientras esté operando el vehículo.

  • NO exceder jornadas de trabajo.

  • Los conductores propios o terceros NO deben exceder jornadas de trabajo de 12 horas diarias.

  • Los conductores propios o terceros deben acatar y respetar las pausas activas de 15 a 20 minutos por cada cuatro horas de conducción, para prevenir incidentes o accidentes causados por fatiga.

  • Los vehículos propios de la empresa o aquellos tercerizados no podrán transitar entre las 22:00H ylas 05:00H.

  • Realizar una inspección al vehículo previo a cada recorrido, para verificar las condiciones mecánicas del mismo y de los implementos de seguridad que requiera para realizar su viaje.

  • Acatar las normas viales internas establecidas por nuestros clientes dentro de sus instalaciones.

 

El incumplimiento de estos lineamientos generara a los colaboradores sanciones de acuerdo a lo establecido en el RIT. Nuestras campañas de promoción y prevención garantizan el bienestar de nuestros empleados, el control de accidentes de tránsito y el transporte seguro de nuestros clientes

POLITICA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

CONTINENTAL DE TRANSPORTE TERRESTRE S.A.S., en su operación de transporte de carga terrestre, declara su compromiso de cumplimiento con la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales, mediante adopción de un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el desarrollo de las actividades de prevención y de promoción y la mejora continua del mismo, en aras de proteger la salud del recurso humano que colabora con nuestra empresa independiente de su forma de contratación, controlando para ello la exposición ocupacional a los riesgos y la causalidad de las pérdidas propias de la actividad laboral y económica de la entidad.

 

La empresa a través de su Representante Legal, se compromete a destinar los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para la planeación, ejecución y evaluación delSG-SST, acorde con los riesgos existentes en el desarrollo de nuestra operación con el fin de minimizarlos y controlarlos y se compromete a incluir estos aspectos en cada nuevo proyecto o modificación que se lleve a cabo dentro de la empresa.

 

Facilitará al personal la participación en todas las acciones y actividades propias del desarrollo del SG-SST y las desarrollará según lo establece la legislación vigente. Fomentando la participación de todos los niveles de la empresa y promoviendo un compromiso individual y colectivo de auto cuidado en cada uno de los trabajadores. Además establece que la prevención y control de los riesgos y peligros ocupacionales no son responsabilidad exclusiva del área SG-SST, sino de cada trabajador y especialmente de aquellos que tienen bajo su responsabilidad grupos de personas así mismo se compromete a propender por el cumplimiento de las normas vigentes en salud ocupacional con sus proveedores y contratistas   

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